Ordinarias: Es una obligación celebrar por lo menos una asamblea ordinaria al año y podrá versar sobre revisión y aprobación del informe de los administradores, nombramiento de administrador, consejo de administración o comisarios, etc.

Extraordinarias: Podrán versar sobre la prórroga de la duración de la sociedad, rescisión de la sociedad, aumento o reducción del capital social, cambio de objeto social, fusión, etc.